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J. C. García Fajardo

Peligro de que El T Constitucional estuviera formado sólo por magistrados y no por prestigiosos académicos de Derecho Constitucional

Sería inconcebible que el supremo órgano de interpretación de la Constitución estuviera en manos de los jueces sin la participación fundamental de los expertos en Derecho Constitucional. Sería aberrante partiendo de que es un órgano político y no jurisdiccional. Mal van las cosas cuando por priemra vez en la Historia de España más de 40 catedráticos expresan en un manifiesto "perplejidad" por la decisión del Constitucional. Adjunto el texto por su importancia y serenidad: La aceptación por parte del Tribunal Constitucional de la recusación del magistrado Pablo Pérez Tremps para enjuiciar un recurso contra el Estatuto de Cataluña ha provocado un revuelo en el mundo jurídico, hasta el punto de que 45 catedráticos de Derecho Constitucional han suscrito un manifiesto en el que expresan su "perplejidad". Es la primera vez que una decisión del Tribunal Constitucional es criticada así y por tantos juristas.
El texto del manifiesto es el siguiente: "Los abajo firmantes, cuarenta y cinco Catedráticos de Derecho Constitucional de distintas Universidades españolas, a la vista de la decisión del Pleno del Tribunal Constitucio "al que ha admitido la recusación formulada contra el Magistrado y Catedrático de Derecho Constitucional Pablo Pérez Tremps, queremos hacer llegar a la opinión pública las siguientes consideraciones:
1. Acatamos y respetamos, como no podía ser de otra manera, las decisiones del Tribunal Constitucional que es definido en el art. 1 de su Ley Orgánica como "intérprete supremo de la Constitución". Sin embargo, forma parte de nuestra labor cotidiana como científicos criticar jurídicamente sus decisiones, contribuyendo a la consolidación o al cambio de su jurisprudencia, así como a la reflexión de la comunidad jurídica y la opinión pública.
2. Creemos que la decisión adoptada no puede dejar de producir cierta perplejidad y merece ser objeto de una reflexión crítica, porque, de aplicarse generalizadamente el criterio en que se sustenta, se restringiría gravemente la libertad de producción científica y de investigación que la Constitución consagra, y acabaría por generarse una composición de nuestro Tribunal Constitucional inadecuada a la exigencia constitucional de que todos sus miembros, sean "juristas de reconocida competencia", según impone el artículo 159.2 de la Norma Fundamental, al hacerse prácticamente imposible la presencia en él de profesores de Derecho Público. Por el contrario, unos Magistrados realmente expertos en la jurisdicción en la que dictan sus sentencias, antes de acceder a la institución, son la mejor garantía de su recto funcionamiento.
3. Para un buen jurista, y con mayor razón para un profesor de Derecho Constitucional, esa reconocida competencia se traduce en que sus opiniones, elaboradas con adecuadas dosis de información y distanciamiento, se vean reflejadas no sólo en la doctrina, sino también en la jurisprudencia de los tribunales. El grado máximo de reconocimiento radica precisamente en que un legislador democrático adopte libremente esas tesis, largamente expresadas con paciencia en textos académicos, y las convierta en leyes.
4. Esto es precisamente lo que ha ocurrido en el caso del Magistrado Pérez Tremps. Su forma de entender la actividad exterior de las Comunidades Autónomas como profesor -durante muchos años- ha influido, junto a los trabajos de otros expertos, en la configuración de las relaciones exteriores que figura en el Estatuto de Autonomía de Cataluña -que es sólo una pequeña parte del mismo- y, a causa de ello, ha visto prosperar ahora, sorprendentemente, la recusación presentada. Se trata, en definitiva, de la expresión de criterios científicos, expuestos con anterioridad a la propuesta de Estatuto y a su condición de Magistrado Constitucional.
5. Si admitiéramos la corrección del razonamiento en el que la coyuntural mayoría del Tribunal Constitucional se apoya para recusar al profesor Pérez Tremps, no solo se estaría causando un daño inmediato a la libertad de investigación científica, sino que irremediablemente, a medio plazo, estaríamos destinados a tener un Tribunal Constitucional lleno de ilustres desconocidos, personas desprovistas de opiniones previas antes de acceder a la magistratura, no sabemos si verdaderamente independientes, pero desde luego desconocedoras en profundidad de las materias de las que se ocupa la jurisdicción constitucional. Difícilmente podrían contribuir a hacer del Tribunal el intérprete supremo que la Constitución quiere. Justo lo contrario de lo que se pretende.
6. Confiamos en que lo sucedido no ponga en cuestión la importantísima tarea, estrictamente jurídica, que corresponde desempeñar al Tribunal Constitucional como garante de la supremacía de la Constitución. Para que dicho órgano pueda cumplir sus funciones, consideramos imprescindible salvaguardar su independencia y la de sus miembros de cualquier mediación ajena a la función técnica que constitucionalmente les corresponde: dejarles actuar a todos con suficientes dosis de tranquilidad y estudio".
Firman el manifiesto, por orden alfabético, Luis Aguiar (Carlos III), Eliseo Aja (Barcelona), Enoch Albertí (Barcelona), Miguel Ángel Aparicio (Barcelona), Xavier Arbós (Girona), José Asensi (Alicante), Francisco Balaguer (Granada), María Luisa Balaguer (Málaga), Mercé Barceló (Autónoma de Barcelona), Paloma Biglino (Valladolid), Roberto Blanco (Santiago) y 34 catedráticos más.

(Aparte de la conculcación del principio fundamental de derecho de non bis in idem, no volver dos veces sobre la misma cosa que ya se había rechazado por el mismo Tribunal. Si no podemos confiar en los jueces y estos se ven maniopulados por los políticos con artimañanas y añagazas... Dense cuenta que el Consejo General del Poder Judicial, máximo órgano en la materia que le atañe, ESTA EN FUNCIONES DESDE NOVIEMBRE fecha en la que terminó su mandato. Es inconcebible que, al cabo de tres meses, no se haya consensuado su composición. Y así vivimos, no en la firmeza del Estado de Derecho presidido por la Justicia, sino en las baderías de progresistas y conservadores como durante siglos entre derechas e izquierdas, isabelinos y cristinos, liberales y cavernícolas, moros y cristianos, cartagineses y romanos, tirios y troyanos. Y este es el modelo de gobierno que pretendemos imponer a otros países. Urge una revisión del sistema y sobre todo de nuetsros represnetantes polítios en el mismo)

4 comentarios

alejandro estrada -

El Tribunal Constitucional debe estar formado tanto por jueces como por académicos de Derecho Constituional. Temas como el Estatuto de Cataluña deben ser tratados con mas seriedad y firmeza y no tomárselo a la ligera.

Rubén -

Luis , no son pocos los jueces que realizan trabajos de asesoramientos para los Gobiernos (ya sean locales , autonómicos o nacionales) y no son pocos los jueces , catedráticos y expertos judiciales y constitucionales que realizan trabajos sobre posibles reformas estatutarias.

L.Llaneza -

El comentario anterior es mio, que salio como anónimo

Anónimo -

Un juez que ha realizado un trabajo para el Estatuto de Cataluña(cobrando por ello) no puede decidir si es costitucional o no.No se puede ser juez y parte al mismo tiempo